miércoles, 16 de marzo de 2016
Guerra en la seguridad privada de la Comunidad de Madrid: critican los impagos de Magasegur
COMUNIDAD DE MADRID. La guerra en las empresas de seguridad privada contratadas por la Comunidad de Madrid ha estallado. Los sindicatos cargan ahora contra Magasegur, adjudicataria de varios contratos autonómicos, de la que aseguran tiene intención de “no abonar” salarios a los trabajadores al encontrarse en preconcurso de acreedores”
Tras el recordatorio realizado por la web Vozpopuli sobre la antigua participación del ex alcalde del PP de Navalcarnero, Baltasar Santos, en Sasegur, la adjudicataria a través de una UTE de un megacontrato licitado por el Gobierno de Cristina Cifuentes, ahora los sindicatos ponen el punto de mira en otra de las concesionarias de la Comunidad de Madrid: Magasegur.
Precisamente Magasegur es la tercera compañía que aspiraba a hacerse con este contrato de seguridad privada, aunque entró fuera de plazo y que finalmente recayó en Sasegur por 9,4 millones de euros, al ser la oferta más ventajosa (150.000 euros de baja).
Ahora, UGT ha criticado que los vigilantes de Magasegur, adjudicataria de varios de los servicios públicos de seguridad en instalaciones y edificios dependientes de la Comunidad de Madrid, “están teniendo constantes problemas con el cobro de su salario”.
Según informan, Magasegur ha manifestado su intención de “no abonar” salarios a sus trabajadores ya que se encuentra “en fase de preconcurso de acreedores” y en la iniciación de un proceso de contactos con sus clientes “para rescindir sus contratos”.
Desde el sindicato han asegurado que han mantenido “varias reuniones” con los responsables de las Consejerías, aunque “aún se desconoce cuál va a ser la salida” que tomará la Comunidad. Los vigilantes de seguridad “ya han tomado las medidas legales que corresponden” al no haber cobrado su salario.
Esta situación ha originado “descubiertos en muchos servicios de seguridad” de museos, oficinas de empleo y otras instalaciones que “habitualmente tienen seguridad contratada”. A juicio del sindicato, estos incumplimientos “pueden agravarse mucho más ya que los trabajadores no pueden permitirse trabajar sin cobrar su salario”.
Desde UGT han recordado que la Administración “es la responsable subsidiaria” y que han intentado proponer que en los futuros pliegos de condiciones de contratación se “incluyan cláusulas sociales y con garantías legales de seguridad y estabilidad” que “eviten” la situación actual que esta viviendo el colectivo.
martes, 15 de marzo de 2016
Las empresas podrán vigilar con cámaras a sus empleados sin informar del fin concreto
Corrige el criterio de una sentencia anterior sobre la filmación de los trabajadores si hay sospecha de irregularidades.
Cámara de vigilancia en una oficina
El Pleno del Tribunal Constitucional ha rectificado la doctrina que exigía que los empresarios dieran una información "previa, expresa, precisa, clara e inequívoca" a los trabajadores sobre la finalidad de instalar cámaras de captación de la imagen en los puestos de trabajo.
En una sentencia en la que desestima el recurso de amparo de una trabajadora que fue despedida tras descubrirse -gracias a una cámara cuya instalación no fue comunicada a los empleados- que se quedaba con dinero de la caja, el TC establece que los trabajadores deben ser informados genéricamente de la instalación de cámaras pero sin necesidad de que el empleador concrete los propósitos de la medida y el alcance del tratamiento de esos datos personales.
El overruling (modificación de doctrina) sobre la vigilancia de los trabajadores mediante cámaras cuando hay sospechas de irregularidades o infracciones se produjo en la última reunión del TC, después de que la Sala Primera avocara al Pleno la demanda de amparo de una trabajadora de una tienda de ropa que sostuvo que se había vulnerado su derecho fundamental a la protección de los datos personales al no haber informado la empresa de que iba a captar la imagen de los empleados ni de la finalidad de ese control.
DESPIDO PROCEDENTE
La mujer, que llevaba 12 años en la empresa, fue despedida al descubrirse que se apropiaba de fondos de la caja. La compañía había decidido instalar en ese lugar un dispositivo de videovigilancia después de detectar "múltiples irregularidades" a raíz de haber implementado un nuevo sistema de control informático de los saldos de caja. La instalación de la cámara no fue comunicada al comité de empresa ni a los trabajadores, aunque en el escaparate del establecimiento se colocó, en un lugar visible, que la tienda disponía de cámaras de vigilancia.
Tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia calificaron de procedente el despido al estimar que la instalación de la cámara era una medida proporcional (sólo captaba la actividad que se desarrollaba en la caja) y necesaria, al ser el único medio posible para descubrir de forma fehaciente si se estaban realizando conductas indebidas.
La trabajadora pidió el amparo del Constitucional alegando que los órganos judiciales habían desconocido la doctrina fijada en la sentencia 29/2013, de la Sala Primera del TC. En esta resolución se declaró nulo el despido de un trabajador que falseaba la realidad en cuanto al cumplimiento de su horario laboral, lo que fue descubierto al contrastar las hojas de control de asistencia que rellenaba y la información de las cámaras de vídeo instaladas en los accesos a las dependencias en las que trabajaba.
En la sentencia 29/2013, la Sala Primera del TC señaló que no era suficiente que existieran distintivos anunciando la existencia de cámaras ni que se hubiera notificado la creación del fichero de captación de imágenes a la Agencia de Protección de Datos. "Era necesaria además la información previa y expresa, precisa, clara e inequívoca a los trabajadores de la finalidad de control de la actividad laboral a la que esa captación podía ser dirigida", señalaba. "Una información que debía concretar las características y el alcance del tratamiento de datos que iba a realizarse, esto es, en qué casos las grabaciones podían ser examinadas, durante cuánto tiempo y con qué propósitos, explicitando muy particularmente que podían utilizarse para la imposición de sanciones disciplinarias por incumplimientos del contrato de trabajo".
VOTOS DISCREPANTES
Ésta es la doctrina ahora corregida por el Pleno en una sentencia con tres votos en contra, entre ellos el de Fernando Valdés, ponente de la sentencia 29/2013.
El Constitucional ha llegado a la conclusión de que el derecho fundamental a la protección de datos personales se satisface con una comunicación genérica de la instalación de las cámaras a los trabajadores siempre que la medida sea necesaria, esté justificada y sea idónea a la finalidad pretendida por la empresa de verificar si los empleados están transgrediendo la buena fe contractual, tal como se estableció en la sentencia de la Sala Primera 186/2000.
Para el TC, el empresario tiene facultades legales para adoptar medidas que le permitan verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones laborales.
Se presenta el nuevo Plan de Protección de las Infraestructuras Críticas
El secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, fue el encargado de presentar el pasado 8 de marzo el nuevo Plan Nacional de Protección de las Infraestructuras Críticas ante 200 operadores públicos y privados de infraestructuras críticas de los sectores de la energía, la industria nuclear, el sistema financiero, el transporte y el agua.
Durante su intervención, Francisco Martínez fue desgranando las novedades de este plan, aprobado el pasado mes de febrero por la Secretaría de Estado de Seguridad, y que ha asegurado “va a servir para fortalecer el sistema de seguridad nacional de manera alineada con el Plan Nacional de Prevención Antiterrorista”. De tal manera que la activación de los niveles de alerta de ambos planes, tanto en materia antiterrorista como en la protección de las infraestructuras –que ahora también se fija en 5 niveles- se hará conjuntamente, ha señalado.
En este sentido, recordó que desde enero de 2015, la Oficina de Coordinación Cibernética puso en marcha un Dispositivo Extraordinario de Ciberseguridad (DEC) correspondiente al nivel de alerta antiterrorista 4 (alto); un dispositivo particularmente enfocado al seguimiento de acciones relacionadas con la difusión de material y propaganda yihadista. Ya que, según Martínez, “las principales amenazas para nuestro país –incluidas el terrorismo y los riesgos para la ciberseguridad e infraestructuras críticas-, se contemplan de manera global, integral y coherente en la Estrategia de Seguridad Nacional”.
Siguiendo con las novedades, Francisco Martínez señaló que por primera vez, el Plan contempla la gestión integral de la seguridad, abarcando la doble dimensión –física y virtual- de la realidad del funcionamiento de estos servicios esenciales. Aspecto en el que hizo hincapié, ya que a su juicio, “el ciberataque supone un riesgo con una probabilidad mucho más alta que el asalto físico a una instalación y que, además, ofrece un riesgo menor para quien lo comete”.
En este contexto, destacó que durante 2015, el CNPIC, a través del Centro de Respuesta a Incidentes de Seguridad TIC de Seguridad e Industria (CERTSI), resolvió alrededor de 50.000 incidentes de ciberseguridad, de los que, 134 estaban dirigidos contra infraestructuras críticas. Además, ha asegurado que está previsto que a lo largo de 2016 los ciberataques asciendan a 100.000, de los cuales, 300 serían contra infraestructuras críticas.
El secretario de Estado de Seguridad señaló que, en base a los datos, el balance de los últimos cuatro años en materia de seguridad de infraestructuras públicas es muy positivo. Por una parte, destacó que se han nombrado 93 operadores críticos y se han identificado a más de 300 infraestructuras críticas de sectores como la energía, la industria nuclear, el sistema financiero, el transporte y el agua. Asimismo, puso de relieve la multiplicación de los instrumentos de planificación con la puesta en marcha de 10 planes estratégicos sectoriales.
En esta materia, también se refirió al impulso que se ha dado a nivel internacional, destacando los acuerdos de colaboración suscritos con Europol, el FBI o la Organización de los Estados Americanos (OEA), además de la activa participación de España en la Unión Europea.


martes, 8 de marzo de 2016
jueves, 3 de marzo de 2016
Prosegur, en el punto de mira de Hacienda y de Competencia
La presidenta del grupo compra el edificio que la compañía emplea como sede y recibirá un alquiler anual de 0,7 millones durante la próxima década.
Prosegur afronta en España en el presente ejercicio
reclamaciones fiscales por 20 millones de euros y una investigación de la Comisión
Nacional del Mercado de Competencia por presunta práctica irregular.
La compañía ha recurrido ante el Tribunal
Económico Administrativoreclamación de la Agencia Tributaria relacionada
con el Impuesto sobre Sociedades y asegura que estima “una
resolución favorable”. En junio de 2013 se iniciaron actuaciones de inspección
de los ejercicios 2008, 2009, y 2010 por los conceptos de Impuesto sobre
Sociedades, Retenciones a Cuenta del Impuesto de No Residentes y Retenciones a
cuenta del Capital Mobiliario, así como inspecciones parciales sobre
Retenciones del Impuesto sobre la Renta del Trabajo.
La empresa ha firmado en conformidad actas
relacionadas con algunas de esas retenciones, entre ellas con el Impuesto sobre
Sociedades por 3,5 millones. Y en disconformidad sobre la reclamación de los 20
millones y otra por retenciones del Impuesto sobre la Renta del
Trabajo por 0,55 millones. Prosegur sólo ha provisionado el acta
firmada en disconformidad referida a las retenciones del Impuesto sobre la
Renta del Trabajo, ya que sobre la otra cuestión estima una resolución
favorable. “Los asesores externos de la sociedad estiman que no es probable que
se produzca un quebranto”, apunta la compañía en las cuentas de 2015
depositadas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
La presidenta de Prosegur compró la sede de la
compañía en diciembre por 12,7 millones; recibirá 7 millones en diez años por
alquilarla al grupo
Prosegur también advierte en sus últimas cuentas sobre
la existencia de “riesgos fiscales” en Brasil yArgentina por
valor de 54,6 millones; los riesgos de mayor cuantía están asociados al mercado
brasileño por reclamaciones de impuestos municipales y estatales y provisiones
por combinación de negocios.
En el último trimestre de este año previsiblemente la
Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMV) comunicará las
conclusiones de una investigación sobre Prosegur iniciada a principios de 2015.
En febrero del pasado año funcionarios del organismo inspeccionaron la sede en
Madrid del grupo de seguridad por “posibles acuerdos para el reparto de
mercado, la fijación de precios, la fijación de condiciones comerciales, así
como cualquier otra conducta que por su naturaleza pudiera contribuir a la
distorsión de la competencia en el mercado de servicios de transporte y
manipulación de fondos en España”.
En abril, la CNMC incoó expediente
sancionador por posibles prácticas restrictivas de la competencia contra
Prosegur y Loomis (la sede de esta otra empresa de seguridad
también fue inspeccionada); desde entonces Competencia dispone de un periodo de
hasta 18 meses para resolver. El organismo considera que existen indicios
racionales de que ambas compañías acordaron reparto de clientes y actividades,
fijación de precios, intercambio de información comercial sensible y otras
condiciones comerciales. Prosegur ha tratado de evitar la entrega de
documentación reclamada por Competencia sobre rutas de transporte y
distribución de fondos, pero el organismo denegó el pasado mes de diciembre la
confidencialidad de esos datos.
La presidenta, casera de Prosegur
De acuerdo a las cuentas de 2015 de Prosegur, el
pasado mes de diciembre la presidenta de la compañía, Helena Revoredo,
adquirió el edificio que el grupo emplea como sede en Madrid, en la calle
Pajaritos, por 12,7 millones de euros. La operación la realizó la
primera accionista de la empresa a través de su sociedad Proactinmo,
a su vez controlada por Gubel. Revoredo cuenta con 309
millones de acciones de Prosegur mediante las sociedades Gubel y Prorevosa, una
participación valorada en 1.421 millones de euros.
Según
las mismas cuentas, ese mismo mes de diciembre Prosegur firmó con Proactinmo
“un contrato de arrendamiento del edificio ubicado en la calle Pajaritos de
Madrid”, por diez años prorrogables durante un año. La empresa explica que el
gasto anualizado será de 0,7 millones (siete millones de euros en total por
diez años de alquiler).
Fuente: Vozpopuli
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