miércoles, 24 de junio de 2015

Carta con motivo del Día Internacional de Justicia para trabajadores de limpieza y seguridad

Los servicios de seguridad y limpieza tienen gran importancia social. La seguridad y limpieza contribuyen a mantener la seguridad, la higiene y la salud de todas las personas que trabajan en su empresa. Sin embargo, a pesar de este papel vital en la sociedad, en la mayoría de los países europeos la seguridad y los/as limpiadoras a menudo viven por debajo del umbral de la pobreza, ya que sólo se ofrecen unas cuantas horas de trabajo al día y no ganan un salario digno. Además, trabajan a turnos, lo que les impide disfrutar de una vida privada decente
A raíz de la crisis económica, las empresas están reduciendo costes y los presupuestos se están recortando. En la mayoría de los países europeos, los contratos de seguridad y limpieza por lo general van a la oferta más baja. Los subcontratistas son los primeros en llevarse la peor parte cuando se ponen en marcha los planes de ahorro de costes. Como sector altamente intensivo en mano de obra, los salarios representan más del 80% de la facturación total y, por lo tanto, el mayor gasto para las empresas de seguridad y limpieza. Sin embargo, observamos que muchas empresas están cobrando precios que ni siquiera cubren sus costes salariales.
Al reducir el presupuesto de los servicios de seguridad y limpieza, usted está optando por estándares más bajos y de menor calidad. Eso ciertamente no va a promover una imagen positiva de su empresa, ni ayudará a motivar a sus trabajadores o el personal de seguridad y limpieza.
¿Qué se puede hacer para promover la contratación de calidad, la competencia leal y el respeto a los/as trabajadoras?

Elevar los estándares de los sectores el cumplimiento de las políticas del Contratista Responsable en la industria de la seguridad y la limpieza y asegurar que los Contratistas seleccionados en base a la capacidad demostrada para proporcionar servicios de alta calidad, como lo demuestra su historial de respeto de los acuerdos colectivos, la legislación aplicable o las obligaciones sociales, de capacitación y desarrollo del personal, pago de un salario justo y reparto de beneficios a los empleados, así como por su experiencia, reputación, capacidad de respuesta, tasas y fiabilidad.
1.      Se prestará especial atención a la elaboración de especificaciones para asegurar que el proceso de licitación está bien organizado y bien diseñado. Los criterios sociales y de calidad serán incluidos en las especificaciones, incluyendo la formación y el suministro de equipos.
2.      Cuando se reciban las ofertas de varias empresas de seguridad y limpieza, habrá un riguroso proceso de selección y el contrato no necesariamente será adjudicado a la oferta más baja. Las ofertas que parecen anormalmente bajas en comparación serán rechazadas.
3.      Siempre que sea posible, se promoverá la limpieza diurna con el fin de lograr la conciliación entre la vida personal y familiar.
4.      Se asegurará que el contratista cumple con todas las leyes laborales aplicables y los convenios fundamentales de la OIT. Esto incluye, entre otras, las leyes y convenciones relativas a la libertad de asociación y la discriminación.
5.      Se proporcionarán locales de trabajo que sean saludables y seguros y, a través de la licitación, se asegurará que el contratista mantendrá condiciones de trabajo saludables y seguras.
6.      El incumplimiento por parte de la empresa de subcontratación de los convenios colectivos sectoriales, en particular en materia de remuneración y condiciones de trabajo o en legislación social en general, dará lugar a la rescisión del contrato. Se añadirá al contrato de limpieza una cláusula de exclusión para este fin.
7.      Cuando se introduzcan cambios en los contratos de limpieza y seguridad las condiciones de adjudicación de los contratos, se desarrollarán discusiones directas y transparentes con los órganos consultivos.
8.      Deberán respetarse los derechos sindicales del personal de seguridad y limpieza.
9.      Esto incluye:
a.       El reconocimiento de los sindicatos de la forma prevista en la legislación nacional.
b.      El permiso para que los sindicatos contacten de forma efectiva tanto con los/as trabajadoras nuevas como con las ya existentes para afiliar nuevos miembros.
c.       Todos los/as trabajadoras y sus supervisores serán informados de que los/as trabajadoras tienen derecho a afiliarse a un sindicato y no se tolerará un trato injusto o discriminatorio por apoyar un sindicato.


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