martes, 2 de febrero de 2016

CASO JAMES

'Caso James': el SUP reclama sanción a la seguridad del club

El Sindicato Unificado de Policía dice que se impidió detener en Valdebebas al vehículo de James, al que perseguían por circular a más de 200Km/h.


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El Madrid empezó 2016 con un nuevo lío extradeportivo: James se presentó en Valdebebas huyendo de un coche de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana camufl ado que pretendía darle el alto. Había ‘cazado’ al colombiano en la M-40 a una velocidad excesiva con su Audi R8 de alta cilindrada. “¡Deténgase a la derecha!”, le gritaron los agentes de Tráfi co por un megáfono y con la sirena a todo volumen, pero el futbolista hizo caso omiso y entró a la ciudad deportiva.
Fue en ese momento, en la puerta de acceso, cuando los agentes tuvieron que frenar al toparse con los guardias de seguridad privada del club, que les cerraron el paso. “Es James, es un jugador”, le dijeron a la Policía. Al tener el coche aún el megáfono activado, los micrófonos de AStv captaron la discusión. “¡Es que me da igual!”, replicó uno de los agentes. “¡Le íbamos persiguiendo a 200 kilómetros por hora por la M-40!”.
Extrañó, incluso, que el vehículo policial se detuviese en la puerta de Valdebebas porque podría haber entrado directamente al estar inmerso en la persecución de un posible delito. Tras varios minutos de desconcierto y después de que interviniese el jefe de seguridad del club, los policías accedieron a las instalaciones en busca de James. Allí le localizaron y le pidieron la documentación. No ha trascendido si finalmente fue denunciado por exceso de velocidad y por darse a la fuga. Según fuentes cercanas al colombiano, que se entrenó después con normalidad, no paró su vehículo pese a las advertencias ya que temió que pudiera tratarse de un secuestro al estar el vehículo policial camuflado.
Si ha sido denunciado tendrá que acudir a juicio. Según la Ley de Seguridad Vial, superar en más de 80 Km/h el máximo permitido de 100 km/h (el límite genérico de la M-40) es considerado delito y acarrea una posible pena de prisión de tres a seis meses, multa económica o trabajos comunitarios de 31 a 90 días, según el artículo 379.1 del Código Penal. Podría agravarse al existir fuga. También se enfrentaría a la posible retirada del carné de uno a cuatro años.

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