lunes, 23 de mayo de 2016

NOTA INFORMATIVA: SENTENCIA AUDIENCIA NACIONAL CONVENIO MARSEGUR

Se ha conocido la esperada sentencia de la Audiencia Nacional sobre la demanda interpuesta por UGT, frente a la empresa MARSEGUR por la nulidad del Convenio de ámbito estatal aprobado por la empresa, ya que la Comisión Negociadora encargada de la elaboración del convenio, no obstentaba la cualidad de representantes unitarios o sindicales de los trabajadores, dicho de otra forma, la comisión negociadora, no se hallaba legalmente constituida, quebrantando así el principio de correspondencia necesario para su legitimación dado que la empresa cuenta con centros de trabajo que no han elegido representantes unitarios.

El  convenio fue negociado por dos personas que no ostentaban la representación de los trabajadores.
Por ello, el convenio es NULO DE PLENO DERECHO  siendo la  sentencia ESTIMATORIA frente a la empresa MARSEGUR resultando ser las tablas salariales aplicables con efecto retroactivo, NULAS, por ser unas condiciones que lesionaban los intereses de los trabajadores.

Sentencia muy importante que vuelve a poner en su sitio a las empresas incumplidoras del cumplimiento de la legalidad vigente y del equilibrio competitivo de las empresas en el sector.


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